QUE ES UNA "ANOTACIÓN PREVENTIVA DE COMPRA"


El otro día fui a una notaría llevando la partida registral del inmueble que quiero comprar, pero me dijeron que el propietario tenía anotada preventivamente su compra. ¿A qué se refieren con ello?Luis Rodríguez
DNI No.42080162



Respuesta:

Estimado lector, en la notaría a la cual acudió le han asesorado correctamente en cuanto a que una anotación preventiva no refleja un derecho estable. Simplificando el tema, podemos decir que hay dos clases principales de asientos registrales: a-. Los asientos de inscripción, a través de los cuales se publican derechos consolidados, produciendo los efectos jurídicos plenos que el ordenamiento jurídico les dispensa (piénseSE en la compraventa a favor de una persona, quien en virtud al asiento registrado puede transmitir ordinariamente la propiedad sin mayores restricciones); y b-. Las anotaciones preventivas, a través de las cuales se publican derechos provisionales o transitorios y por tanto con efectos jurídicos restringidos (piénsese en la misma compraventa a favor de una persona, cuya vigencia en el tiempo es limitada).

Siendo así, cuando advertimos en una partida registral un derecho que está anotado preventivamente, debemos analizar su naturaleza, sus efectos y su vigencia. Particularmente, si se trata del derecho de propiedad y este corre anotado (no inscrito), previamente debería requerir a su vendedor que convierta dicha anotación en un asiento de inscripción. De lo contrario, aún cuando podría usted comprar si la anotación preventiva está vigente, su compra también caducaría junto a la anotación preventiva de la cual proviene.
Las causas por las cuales se anotan determinados derechos en el registro figuran en los artículos 65 y ss. del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos. Ejemplo de ello es, cuando existen uno o más defectos subsanables en el titulo. Recomendados la lectura del articulado pertinente.

Entradas populares de este blog

Modelo de escrito de excepción de Oscuridad y Ambigüedad en el modo de proponer la demanda.

MINUTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILDIAD LIMITADA. (TRANSPORTES)

¿CUANDO ES NECESARIO ENVIAR UNA CARTA NOTARIAL?