Certificado Registral Inmobiliario C.R.I
El C.R.I es el Certificado Registral Inmobiliario, Documento expedido por los Registros Públicos, donde se indica el o los nombres de los propietarios del inmueble, también se incluye una historia de dominio (es decir anteriores transferencias y sus cargas o gravámenes), desde la fecha de su emisión con 30 años de anterioridad. El trámite demora 5 días hábiles desde la fecha de presentación de la solicitud y tiene un costo de 59 nuevos soles.
Esta certificación registral es un sencillo trámite que le garantizará la seguridad jurídica de su inmueble y que debe recabar cada vez que vaya a formalizar la compra de una vivienda. ¿Quién dice ser el propietario lo es realmente?, ¿Recae sobre la vivienda algún tipo de hipoteca o embargo?... Si quiere comprar sobre seguro y evitar sorpresas desagradables, antes de firmar un contrato, una escritura, asegúrese.
El Registro de la Propiedad le facilitará la información necesaria para contrastar lo que dice el vendedor: desde la descripción física de la vivienda hasta la titularidad y las cargas que sobre ella pueden recaer.
La certificación o certificado registral, a diferencia de la nota simple que tiene valor puramente informativo, tiene carácter de documento público otorgando una presunción de legalidad a los actos y contratos inscritos en ella reflejados, y se encuentran bajo la protección y amparo de los Tribunales.
El C.RI. También es solicitado básicamente por entidades financieras (Bancos y otros similares) con el objeto de poder aprobar o no un crédito hipotecario, o en su defecto para el financiamiento de la ejecución de algún proyecto inmobiliarios tal como edificación de multifamiliares, condominios edificios y otros.
Es común también emplear el certificado registral inmobiliario en procesos judiciales que versen sobre derechos de propiedad, nulidad de acto jurídico y demás.
La manera de solicitar este certificado es en primer lugar acudir a alguna de las oficinas de los Registros Públicos, una vez allí solicitar un formulario de publicidad (uno de color marrón) se debe llenar de manera correcta sin borrones ni enmendaduras, como se trata de información pública no es necesario que el mismo titular del inmueble la solicite, lo puede solicitar cualquier persona que tenga algún interés sobre el predio.