INDECOPI ESTÁ DE CACERIA
De tus últimas quincenas, ahorraste para cambiar, de una vez por todas, el celular. Cuando por fin lograste comprar uno inteligente y moderno, este presentó fallas al poco tiempo. No reconocía la memoria, se calentaba rápidamente, la pantalla se oscurecía y, para sumar a estos graves desperfectos, se apagaba constantemente. El smartphone no servía.
¿Tus ahorros al agua? No. La empresa de telefonía móvil, operadora del celular que adquiriste, procedió a reparar el producto. Cambió el auricular y actualizó el software. Sin embargo, esto no sería suficiente para exonerar a la compañía de una sanción.
Así lo ha establecido la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual de Indecopi. La Resolución Nº 3294-2013/SPC-INDECOPI señala, claramente, que el hecho de reparar, reponer o devolver el dinero al consumidor, no elimina la infracción cometida por el proveedor de vender u ofrecer un producto o servicio no idóneo. Esto es, defectuoso o inadecuado.